Las funciones que debe cumplir un docente están recogidas en las leyes LOE y LOGSE en el artículo 91. En este artículo se exponen doce funciones, entre otras que pudieran darse. En mi caso voy a pasar a comentar el subapartado 91.1 k) La participación en los planes de evaluación que determinen las Administraciones educativas o los propios centros. Quizás esta tarea docente se parezca bastante al subapartado b) que habla de evaluar, sin embargo aquí quizás a lo que se refieran es al matiz de que debes evaluar como te pide la Administración y el centro, es decir, como te lo pide el Estado y tu escuela. A ver, es indudable que se deben seguir unas normas, algo estandarizado que permita comparaciones. Tiene que haber un criterio que se ajuste luego a situaciones en las que se deba poder seleccionar a una persona u otra mediante criterios. Quizás el ejemplo más claro de lo que quiero decir está en Selectividad. Un cierto porcentaje de la nota de Selectividad es por la nota media